La posibilidad de conducir un coche desde los 17 años está más cerca. La Dirección General de Tráfico (DGT) ya está elaborando el modelo de conducción acompañada que aplicará en España después de que el Parlamento Europeo aprobara esta reforma en octubre pasado, y que permitirá a los menores de edad ponerse a los mandos de un turismo siempre que lo hagan con la tutela de un conductor experimentado.
Así lo anunció este jueves el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la presentación del balance de siniestralidad vial de 2025. En palabras del titular de Interior, el cambio está “en fase de desarrollo normativo y pendiente de aprobación reglamentaria”.
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De cualquier modo, no hay urgencias. Los países miembros tienen margen para adaptar la normativa hasta el 26 de noviembre de 2028, y deberán aplicarla un años después, según establece la directiva.
Europa trabaja desde hace años en esta reforma y la pone en marcha “con el fin de mejorar la seguridad vial”. A juicio de la DGT, este modelo servirá para mejorar los hábitos al volante de los jóvenes desde que obtengan el permiso, ya que contarán desde el principio con la ayuda de un “conductor experimentado, por ejemplo, un miembro de su familia”, detalla la norma.

Cuando la nueva reglamentación entre en vigor, Tráfico expedirá permisos a los solicitantes de 17 años, pero hasta que cumplan los 18 solo podrán conducir “acompañados de una persona que vaya sentada en el asiento del copiloto y que sea capaz de darles directrices mientras conduzcan”.
Según exige la directiva europea, este acompañante “deberá respetar las normas relativas a la conducción bajo los efectos del alcohol o de drogas”. Además, deberá haber cumplido los 24 años y contar con una experiencia mínima al volante de cinco años, y “no habrá sido objeto de una privación del derecho a conducir […] en los últimos cinco años”.
Conductores acompañantes identificados
La directiva europea autoriza a los Estados miembros a exigir la identificación de los acompañantes, así como a limitar el número de posibles acompañantes de cada automovilista acompañado.
Además, las reglamentaciones nacionales podrán “imponer en su territorio condiciones adicionales que deba cumplir la persona que acompañe” al titular de un permiso menor de 18 años, señala el texto.
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