La rocambolesca historia de dos excuñados, uno de ellos Guardia Civil, que hacía negocio con los datos de los coches

El agente aceptó una dádiva para obtener información reservada a la que solo se puede acceder por motivos estrictamente profesionales.

Un jurado popular de Sevilla ha declarado culpable a un guardia civil por facilitar datos protegidos de vehículos a su excuñado a cambio de una compensación económica. Tras una jornada completa de deliberación, ocho de los nueve miembros del jurado dieron por probado que el agente, identificado como Juan Luis, aceptó una dádiva para obtener información reservada a la que solo se puede acceder por motivos estrictamente profesionales.

El veredicto recoge por unanimidad que el guardia civil se valió de su condición de agente de la autoridad para consultar bases de datos de tráfico que son de uso exclusivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Dichos sistemas recopilan información sensible y auditada, cuyo acceso está limitado al ejercicio de funciones policiales. Pese a ello, según el jurado, Juan Luis realizó numerosas consultas sin justificación operativa y con el objetivo de obtener un beneficio personal.

Por su parte, el segundo encausado, Francisco Javier, excuñado del agente y con quien mantenía una relación de amistad desde hace años, también ha sido considerado culpable por ocho votos de nueve. El jurado estima probado que ofreció una retribución económica para acceder a datos sobre titulares de vehículos, matrículas o información relativa a la ITV, información que posteriormente utilizaba en trabajos remunerados para una agencia de investigación privada.

Revelación de secretos y cohecho

El Ministerio Fiscal les atribuye a ambos un delito de cohecho, para el que solicita la pena mínima prevista de tres años de prisión. Además, para Juan Luis reclama un año adicional por un delito de revelación de secretos, al entender que el agente no solo aceptó la dádiva, sino que accedió de manera deliberada y continuada a información reservada, llegando incluso a solicitar datos a otros compañeros que desconocían el fin ilícito de la petición.

El tribunal popular rechazó la posibilidad de aplicar una suspensión de la pena (propuesta por la defensa) al exceder esta los límites legales. Con el veredicto, se confirma además la inhabilitación del agente, medida que su defensa ha calificado de “desproporcionada”, argumentando que el asunto debería haberse resuelto internamente dentro de la Guardia Civil y no mediante un proceso penal.

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