En 2026, con el correspondiente ajuste de precios, las compañías de seguros actualizarán las tarifas de todas sus pólizas. Los conductores pagarán más por contar con esta protección de su vehículo que, además, es obligatoria en ciertas coberturas. Eso sí, este incremento tiene que cumplir una condición: si no lo hace, se puede revertir.
Los datos del comparador Kelisto.es no dejan lugar para las dudas. En el tercer trimestre de 2025, las pólizas subieron un 12,8% respecto a 2024: la prima media ha llegado a los 1.005 euros. En la práctica, esto quiere decir que los conductores españoles pagan 110 euros más que el año pasado por asegurar su vehículo.
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La Ley 50/1980, la de Contrato de Seguro, establece que el aumento de precios de un seguro debe cumplir un requisito para que sea válido. La aseguradora no tiene total libertad para modificar este aspecto: su obligación es comunicar sus intenciones con dos meses de antelación, como mínimo.
Sin este anuncio previo, el incremento anual de la prima que aplican muchas compañías al seguro del coche no sería legítimo. En este caso, el conductor tiene derecho a negarse a pagar el nuevo precio de la póliza y, también, a pedir que siga vigente la cifra anterior.
Puede hacerlo amparándose en que, al no existir ese aviso previo, el contrato se extendería con las mismas condiciones que figuran en el documento original. Y entre ellas, figura el precio acordado en un principio.

Cómo pedir la devolución de la subida
En caso de haber abonado el seguro, el conductor puede pedir a la compañía de seguros que le devuelva la diferencia entre el nuevo precio y el antiguo.
En el mejor de los casos, la reclamación prosperará y recuperará el dinero. ¿Y si la aseguradora se niega a llevar a cabo la devolución? Entrará en acción la Dirección General de Seguros (DGS) para encargarse de la solicitud del conductor.
Según la DSG, la prima del seguro es un punto clave en el contrato del seguro del coche. Razón por la que cualquier cambio no pactado se convierte en una modificación contractual en el contrato original. Para que sea legal, se necesita “el concurso de la voluntad de ambos contratantes”.

O lo que es lo mismo: el conductor tiene que dar su visto bueno a esa modificación en el precio. Por lo tanto, la aseguradora y el asegurado deben llegar a un acuerdo para que el incremento en la tarifa sea válido.
Para ello, después de recibir el aviso previo con una antelación mínima de dos meses, el conductor tendrá que aceptar o rechazar, obligatoriamente, la subida. ¿Y si no responde? La ausencia será sinónimo de que acepta el aumento propuesto por la compañía de seguros.
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