¿Has perdido puntos por saltarte un semáforo en rojo? La Justicia podría devolvértelos si cumples este requisito 

En Madrid, cada año, se emiten más de 2,5 millones de denuncias de tráfico: la mayoría son por no respetar un semáforo.

semaforo madrid
Un semáforo en rojo en una calle de Madrid.

El sistema de foto-rojo consiste en la instalación de cámaras en determinados semáforos para comprobar si los vehículos se detienen cuando así lo indican. Hacen un par de fotos del coche: una antes de la línea de detención y otra cuando ha atravesado completamente el paso, ambas con el semáforo en rojo.

El sistema está diseñado para hacer las fotos sólo cuando el semáforo está en ese color. Si está en verde o en ámbar, no entra en acción y, por lo tanto, no habrá multa. La sanción implica 200 euros y la pérdida de cuatro puntos en el carnet.

En Madrid, cada año, el ayuntamiento emite más de 2,5 millones de denuncias de tráfico: de ellas, aproximadamente, un 5% lleva aparejada la detracción de puntos. La mayoría son por saltarse un semáforo en rojo.

Ahora, una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha puesto en entredicho la actuación municipal en relación con las multas del sistema foto-rojo. Ha condenado al consistorio a devolver los puntos a un conductor porque la multa no estaba bien notificada.

Afectaría a 10.000 conductores

¿Qué significa esto? La sentencia, la primera que se produce en este sentido, supone un precedente jurídico. Abre la posibilidad a que cerca de 10.000 conductores puedan recuperar sus puntos porque el Ayuntamiento de Madrid no les habría notificado correctamente las multas.

Tal y como informa Automovilistas Europeos Asociados (AEA), el conductor reclamó ante el consistorio porque la multa nunca había llegado a su conocimiento. En un primer momento, la Agencia Tributaria de Madrid denegó el recurso argumentando que la sanción se había notificado a través del BOE.

Una posterior reclamación planteada ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAM), sí fue aceptada: la resolución sancionadora no fue legal ni reglamentariamente notificada y se anuló la parte económica de la sanción.

camara

La clave: los puntos

Respecto de la devolución de los puntos detraídos, el Ayuntamiento de Madrid no quiso acceder. Argumentaba que la resolución del TEAM sólo afectaba a la parte económica, al no tener “facultades revisoras de la competencia sancionadora en materia de tráfico”. Ahora la resolución judicial es clara y ordena la restitución del saldo del conductor: “La sanción no fue firme, lo que impedía la ejecución de la multa”.

Para AEA “esta sentencia supone un (…) precedente jurídico” porque ayuda a desmontar el argumento que “vienen utilizando algunos ayuntamientos como el de Madrid e, incluso, la DGT para anular sólo la parte económica de una multa mal tramitada y no devolver los puntos anotados en los registros”.

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