La ciudad de Sevilla ha estrenado esta semana su nueva ordenanza municipal sobre vehículos de movilidad personal (VMP) con un contratiempo inesperado: las sanciones relacionadas con el uso obligatorio del casco –que debe ser homologado y llevarse siempre abrochado– y del chaleco reflectante en situaciones de baja visibilidad no podrán aplicarse hasta el próximo 20 de marzo. La causa se encuentra en un error en la comunicación telemática del texto normativo a la Junta de Andalucía, que ha impedido su registro en la plataforma autonómica, según han confirmado fuentes municipales.
Aunque la ordenanza sí fue correctamente remitida y recibida por el Estado, la falta de registro en la Junta impide que estos dos puntos concretos entren en vigor de inmediato. Como consecuencia, la Policía Local deberá esperar a que transcurra el plazo legal de 15 días desde la notificación válida –efectuada este jueves– para comenzar a sancionar por circular sin casco o sin chaleco reflectante cuando sea obligatorio.
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Multas recurribles
A raíz de esta situación, cualquier usuario de VMP denunciado en Sevilla desde el lunes por incumplir exclusivamente estos dos aspectos podrá recurrir la sanción. El Ayuntamiento recuerda que el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local establece que una norma municipal solo entra en vigor cuando concurren dos requisitos: su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y la recepción formal por la Administración autonómica o estatal. La notificación autonómica, al no haberse registrado inicialmente, ha obligado a reiniciar el cómputo del plazo.
Más allá de esta excepción temporal, los agentes sí están facultados para multar otros incumplimientos contemplados en la nueva ordenanza. Las sanciones pueden imponerse, entre otras situaciones, si un patinete circula por vías ciclistas con más de 250W de potencia nominal o supera los 15 km/h, si se estaciona en aceras o zonas peatonales, o si se ancla a mobiliario urbano o arbolado.
La norma municipal equipara las limitaciones de uso de los VMP a las de las bicicletas en momentos de alta densidad, obligando a los usuarios a desmontar en aglomeraciones. También mantiene en 15 años la edad mínima para utilizarlos, una solicitud expresa de la Policía Local por considerarla equivalente a la edad mínima para conducir un ciclomotor.
Seguro obligatorio para patinetes y registro
La ordenanza exige que todos los usuarios dispongan de seguro de responsabilidad civil y estén inscritos en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT), habilitado a finales de enero. Asimismo, se refuerza la prohibición de circular usando auriculares, teléfonos móviles, dispositivos de comunicación o bajo los efectos del alcohol o las drogas.
El régimen sancionador de Sevilla se mantiene prácticamente igual al anterior: infracciones leves de 50 a 100 euros, graves de 101 a 200 euros y muy graves de 201 a 500 euros.
La DGT no obliga a usar casco
La creciente siniestralidad de los patinetes eléctricos ha llevado a la DGT a crear normas específicas que protejan a los VMP de los coches y a los peatones de los patinetes eléctricos. Esas medidas, pendientes de aprobación, están incluidas en el real decreto de protección de usuarios vulnerables, en la última fase de su recorrido burocrático y a dos pasos de llegar al Consejo de Ministros.
Cuando la normativa entre en vigor y con ella se actualice el reglamento de circulación, será obligatorio usar casco para moverse en un patinete eléctrico, monociclo o segway. Ahora su exigencia depende de las ordenanzas de movilidad municipales.
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