En la calle, hay vehículos que parecen tener plaza fija: ocupan el mismo hueco durante días o incluso semanas. ¿Es simple suerte al encontrar ese espacio libre o permanecen estacionados de forma permanente? Y lo más importante: ¿es legal?
No existe una norma general que regule el aparcamiento en la vía pública, porque esta competencia está transferida a los ayuntamientos. Cada consistorio establece sus propias reglas y limitaciones, adaptadas a las necesidades del tráfico local.
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Este principio está recogido en el artículo 93.1 del Reglamento General de Circulación (RGC): “El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal”.
Además, añade que “podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como medidas correctoras, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización”. Es decir, la ley permite a los ayuntamientos imponer límites y actuar si un coche permanece demasiado tiempo en el mismo lugar.
Por lo tanto, cada conductor debe conocer la ordenanza municipal que fija el tiempo máximo que un coche puede permanecer aparcado en las calles de su ciudad. Las restricciones más severas suelen aplicarse en grandes urbes, donde la demanda de espacio es mayor y la rotación de vehículos resulta imprescindible.

Algunos ejemplos: Madrid, Sevilla, Barcelona…
En Madrid, el límite es de cinco días hábiles: sábados, domingos y festivos no cuentan. Es el mismo plazo que establece la ordenanza de movilidad de Sevilla, que busca garantizar la disponibilidad de plazas en zonas con alta densidad de tráfico.
En Palma de Mallorca, el artículo 40 de la normativa local permite que un coche permanezca en la calle 10 días seguidos. A partir del día 15, podrá ser retirado. En Barcelona, el plazo es de ocho días naturales, una medida pensada para evitar que las calles se conviertan en aparcamientos permanentes.
Estas cifras pueden reducirse si el ayuntamiento va a reservar la plaza para un uso específico o si su señalización va a cambiar. En ambos casos, debe avisar con 48 horas de antelación, y el coche solo podrá permanecer dos días en ese punto antes de ser retirado.

Multas de 80 euros
Las ordenanzas municipales también regulan las sanciones por incumplir estos plazos, basándose en la Ley de Tráfico. Como se trata de una infracción leve, la multa será de 80 euros, sin pérdida de puntos.
Si hay una denuncia ciudadana, el titular del vehículo recibirá un aviso para retirarlo. Normalmente, se concede un plazo de 48 horas antes de que la grúa lo traslade al depósito municipal. Este movimiento se ejecutará incluso si el coche estaba correctamente aparcado, porque la normativa prioriza la fluidez y el uso compartido del espacio público.
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