La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una nueva instrucción que redefine el marco legal que afecta a autocaravanas, cámperes y vehículos dormitorio en España. El documento actualiza criterios y deja claro qué puede y qué no puede hacer un vehículo estacionado, especialmente en lo referente a dormir dentro o aparcar en determinadas zonas.
La instrucción incorpora de manera explícita la interpretación del Tribunal Supremo sobre cómo deben convivir las competencias estatales y las ordenanzas municipales. Un movimiento clave para intentar poner orden en un escenario en el que las autocaravanas han generado conflictos con ayuntamientos y policías locales, especialmente en zonas turísticas donde su presencia es constante.
La DGT explica que esta revisión llega en un contexto de auténtica explosión del turismo itinerante. Desde la pandemia, el caravaning no ha hecho más que crecer. El número de autocaravanas en España se ha triplicado en diez años, pasando de poco más de 48.000 unidades en 2015 a casi 137.000 en la actualidad. La búsqueda de viajes más autónomos, flexibles y en contacto con la naturaleza ha consolidado un fenómeno que ya no es estacional, sino estructural.
¿Se puede dormir en la cámper donde uno quiera?
Este es el punto clave: la DGT aclara que parar y estacionar una autocaravana o cámper se rige por las mismas normas que cualquier otro vehículo. Eso significa que si un vehículo está bien aparcado (sin invadir la vía, sin desplegar elementos, sin emitir ruidos ni fluidos) dormir dentro no constituye acampada. En otras palabras: dormir dentro del vehículo está permitido siempre que esté correctamente estacionado.
Ahora bien, la misma instrucción recuerda que las ordenanzas municipales siguen mandando. Si un ayuntamiento prohíbe el estacionamiento de autocaravanas en determinadas calles o zonas, la DGT reconoce que la ley lo ampara.
La sentencia del Supremo de 2018 respalda esa competencia local siempre que las restricciones busquen proteger la movilidad, la seguridad vial o el uso del espacio urbano. Por eso, no existe una norma única nacional para dormir en una cámper: dependerá de la regulación del municipio.
Estacionar no es acampar
La instrucción insiste en un concepto clave: “estacionar no es acampar”. Mientras el vehículo cumpla unas condiciones, estará realizando un acto de estacionamiento aunque haya personas dentro descansando. La DGT detalla tres requisitos obligatorios:
- El vehículo solo puede tocar el suelo con las ruedas. Nada de patas estabilizadoras ni soportes adicionales (los calzos sí están permitidos).
- No puede ocupar más espacio del que ocupa cerrado. Prohibido sacar toldos, mesas, sillas o elementos que amplíen su perímetro.
- No puede emitir fluidos ni ruidos hacia el exterior. Cualquier emisión se considera actividad de acampada.
Si se cumplen estos puntos, dormir dentro de la autocaravana no vulnera la normativa de tráfico, aunque el municipio tenga sus propias limitaciones de estacionamiento.
¿Y dónde pueden aparcar ahora las autocaravanas?
La parte más sensible de la normativa es que una autocaravana puede estacionar donde cualquier coche pueda hacerlo, salvo que la ordenanza municipal lo prohíba expresamente.
La DGT deja claro en su instrucción que los ayuntamientos pueden restringir zonas para cámperes y autocaravanas, limitar tiempos de estacionamiento y prohibir la acampada fuera de áreas habilitadas. Esto significa que los usuarios deben revisar siempre la señalización local o la normativa municipal antes de pasar la noche.
Áreas de acogida y nueva señal S‑128
El documento también actualiza la regulación de las áreas de acogida, lugares destinados a autocaravanas que ofrecen servicios esenciales como agua, electricidad o vaciado de depósitos. Varias comunidades autónomas han regulado recientemente este tipo de instalaciones como modalidad de alojamiento turístico.
Además, Tráfico incorpora una novedad importante al catálogo oficial: la señal S‑128, que indica un punto de vaciado para autocaravanas y caravanas. Esta señalización facilitará a los usuarios localizar servicios específicos sin ambigüedades.
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La baliza V-16 y las autocaravanas: la DGT toma una decisión relevante