Si no tengo la baliza de emergencia y uso sólo los triángulos, ¿me puede denunciar otro conductor? 

A partir del 1 de enero de 2026, para indicar que un coche ha quedado inmovilizado en la calzada hay que emplear las luces V-16.

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Un conductor con una baliza V-16.

A partir del 1 de enero de 2026, cuando hay una emergencia en la carretera, hay que señalarla con las balizas de emergencia o V-16. Han sustituido a los clásicos triángulos para indicar que un coche ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga se encuentra caída sobre la misma.

La infracción por no llevarla es leve y su multa es de 80 euros: la misma cantidad que la establecida para el que no llevase los triángulos de emergencia. Al hilo de esto, surge una duda: ¿los conductores pueden denunciarse entre sí por carecer de la V-16?

¿Quién puede para multar a un conductor? Lo cierto es que esta cuestión está mal formulada. La correcta sería: ¿quién tiene autoridad para denunciar? La denuncia abre el procedimiento sancionador, la sanción es la elaboración en tiempo y forma de la denuncia, mientras que la multa es el castigo económico.

En España, las autoridades competentes para sancionar en materia de tráfico son:

  • La Dirección General de Tráfico.
  • Ayuntamientos.
  • Comunidades autónomas con competencias: Cataluña, a través del Servicio Catalán de Tráfico, País Vasco, a través de su Dirección de Tráfico, y Navarra.

Cada uno de estos organismos gestiona sus propios expedientes de sanciones.

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¿Qué denuncias tienen valor probatorio?

Eso sí, hay que tener en cuenta lo establecido por la Ley de Tráfico: “Sólo las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones tendrán valor probatorio, salvo prueba en contrario”.

Ese valor probatorio será “de los hechos denunciados, de la identidad de quienes los hubieran cometido y, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado”.

Por lo tanto, únicamente las denuncias formuladas por los agentes de tráfico tienen valor probatorio. Un policía o un guardia que esté fuera de servicio carecerá de ese valor probatorio a la hora de poner en marcha todo el proceso.

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¿Un conductor puede denunciar a otro?

Su denuncia tendría el mismo valor que una interpuesta por un ciudadano normal: al no estar en el servicio de sus funciones, carecen del valor. Al hilo de esto conviene saber que cualquier persona particular o empresa privada también puede poner una denuncia de tráfico ante la autoridad competente … por ejemplo, por no tener la baliza de emergencia.

Eso sí, para que esa denuncia sea válida deberán aportar pruebas concluyentes y explicar la versión de los hechos ante un agente de la autoridad en las dependencias policiales o en la Jefatura Provincial de Tráfico.

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